Lo que debes saber sobre el subsidio a la vivienda de sectores medios

¿Buscando casa propia? Atentos porque el plazo para postular vence el 20 de abril.

12 ABR 2018 · Lectura: min.
Lo que debes saber sobre el subsidio a la vivienda de sectores medios

Este mes de abril comenzaron nuevamente las postulaciones al subsidio de la vivienda para clase media (DS N°1). Si estás en planes de adquirir una casa propia, esta es tu oportunidad, así que revisa las dudas más frecuentes sobre este beneficio.

¿Quiénes pueden postular?

El beneficio es para chilenos y extranjeros residentes en Chile mayores de 18 años que tengan capacidad de ahorro y tengan la posibilidad de complementar el precio de la vivienda.

¿Cuáles son los requisitos?

Para postular al subsidio se debe pertenecer al 60, 80 y 90 por ciento más vulnerable y tener un ahorro mínimo de 30, 40 u 80 Unidades de Fomento (UF) respectivamente, es decir, desde los 800 mil hasta los dos millones 150 mil pesos (según las UF de la vivienda) en una libreta de ahorro. Esta libreta puede estar a nombre del postulante o del cónyuge.

También debes contar con un aporte adicional, como un crédito hipotecario depositado en tu cuenta de ahorro.

realtor-3182376-1920.jpg

Tanto el postulante como el cónyuge no deben ser propietarios de una vivienda, ni beneficiarios de otro subsidio habitacional, ni estar participando en otro programa habitacional, ni haber sido declarados miembros del grupo de familiar de alguien que haya sido beneficiado en el llamado anterior.

El monto neto del ingreso familiar no debe superar las 60 UF, es decir, un millón 650 mil pesos. En el caso de familias que viven en la zona norte, Región de Magallanes, provincia de Palena, Chiloé y las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández, el ingreso máximo mensual declarado no debe superar las 75 UF, es decir, dos millones de pesos.

¿Cuáles son los tramos?

  • Título I tramo 1: El valor de la vivienda puede ser de un máximo de 1.000 UF y el ahorro obligatorio debe ser de mínimo 30 UF. En estos casos, el subsidio otorgado por el Estado será de 500 UF (13,5 millones de pesos).
  • Título I tramo 2: El valor de la vivienda podrá ser de un máximo de 1.400 UF y el ahorro mínimo es de 40 UF. En este caso, el monto aportado por el Estado podrá variar entre las 200 UF y las 516 UF.
  • Título II: Las viviendas podrán ser de un valor máximo de 2.200 UF y ahorro mínimo necesario es de 40 UF. En estos casos, el subsidio otorgado por el Estado variará entre las 125 UF y las 350 UF.

En el caso de las zonas extremas del país, el valor del subsidio aumentará en cada tramo.

¿Puedo abrir una libreta de ahorros ahora para postular en este llamado?

No, la libreta de ahorro debe tener 12 meses de antigüedad o más cumplidos el 29 de marzo de 2018.

¿Hasta cuándo puede postular?

El plazo comenzó el 9 de abril y se extenderá hasta el 20 del mismo mes. Se puede postular de forma presencial en las oficinas del Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) o a través del sitio www.minvu.cl con la clave única adquirida en el Registro Civil.

Abogados
Linkedin
Escrito por

Bufetes.cl

Deja tu comentario

últimos artículos sobre delitos y penas