puede una persona desistir del reconocimiento de una menor
Realizada por manuel el (17 mar 2020)
mi pareja tubo un bebe hace pocos día y la reconocí como mía, ahora supe que al parecer no es mía, puedo solicitar una prueba de ADN para saber si soy el padre biológico y de no ser hacer así dejar sin efecto el reconocimiento
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Estimado Manuel,
Junto con saludar, efectivamente puedes impugnar esa paternidad y realizar el examen de adn. Le invito a ponerse en contacto con nuestro estudio jurídico y le asesoraremos para el éxito de su caso.
El reconocimiento de paternidad es la acción judicial mediante la cual pides que se reconozca la relación filial entre un padre y un hijo. Entonces mientras no medie el reconocimiento, el menor no podrá ejercer los derechos que derivan de la paternidad (pensión de alimentos, derechos de herencia, entre otros).
A diferencia de La impugnación de paternidad que es la acción que tiene el supuesto padre o el hijo, para solicitar judicialmente que una relación filial ya existente, quede sin efecto.
En consecuencia el reconocimiento consiste justamente en reconocer, en buscar que nazca en la vida del derecho una relación filial, mientras que, la impugnación es al revés, pretende dejar sin efecto dicha relación filial ya existente.
Para intentar la paternidad tiene que demandar ante un tribunal de familia, solicitar la prueba de ADN. En caso que la prueba sea a su favor se dictara una sentencia de impugnación de paternidad.