¿Qué pasos se pueden seguir para ubicar a un demandado?

Realizada por Maria alejandra araya el (1 ago 2016) Abogados de familia

Puse una demanda por cuidado personal, pero él no ha podido ser notificado y me archivaron el caso. ¿Qué puedo hacer si solo tengo una sola dirección?

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Estimada Maria,

Junto con saludar, le escribo para contestar su pregunta. Mire lo que uno puede hacer en caso de que no se pueda ubicar al demandado, sería el solicitar al tribunal que desarchive su causa bajo el fundamento de solicitar oficio a distintas instituciones públicas como seria el Registro electoral, Servicio de Impuestos Internos, PDI, jefatura nacional de extranjería y policía internacional, entre otras, a fin de obtener información respecto del domicilio y paradero del demandado. Le recomiendo acercarse a nuestras oficinas para conversar de forma directa con un abogado especialista en Derecho de Familia.

Muchas gracias

Defensa en Juicio Abogado en Santiago Centro

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Estimada primero que todo debemos desarchivar la causa y solicitar oficios a instituciones que mantengan registro de direcciones del demandado como AFP, servicio de impuestos internos entre otros, luego si eso no da resultado evaluar otros tipos de notificación o demandar por alimentos a otros parientes como los abuelos por ejemplo.

Jorge Roberto Benjamín Mateo García Bustos Abogado en Santiago Centro

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Estimada,


En tu caso, si se llegó a un "archivo" por parte del tribunal, es porque las cosas no se hicieron bien. Ahora te explico en términos más o menos sencillos:

Primero, en la dirección que posees del demandado no pudiste notificar la demanda porque no es su domicilio o se produjo un posible ocultamiento de éste. Luego, debes de realizar las gestiones en el juicio para que diferentes instituciones públicas y privadas te aporten las posibles direcciones del demandado ("OFICIOS" a AFP, SII, FONASA, ISAPRES, etc.) En las respuestas de los oficios, puede que aparezca el mismo domicilio, o uno o más nuevos, en cuyo caso debes de intentar notificar en ellos.

Segundo, si tras INTENTAR Y REALIZAR lo señalado en el párrafo anterior no logras notificarlo, debes solicitar con la suficiente argumentación legal al Tribunal que se notifique mediante avisos en el diario. Si corresponde, el juez ordenará dicha forma de notificación y LO TENDRÁ POR NOTIFICADO A PARTIR DE CIERTA FECHA (Ver artículo 23, inciso 4, Ley 19968).

Finalmente, una vez ya notificada la demanda, y tomándolo como un tema distinto al de tu consulta, es el análisis de que obtengas o no el cuidado personal del o los menores.


Saludos cordiales,

Iván Inzunza Catalán
Abogado UC

Inzunza y Cía. Abogado en Providencia

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Estimada María,

Respecto de su consulta, todo depende de las causas y circunstancias que hayan impedido notificar al demandado.

No obstante, en primer lugar, atendiendo a su actual situación, deberá ser desarchivada su causa si se pretende proseguir con el proceso.

Una vez desarchivada su causa, si usted conoce el actual paradero del demandado, ésta deberá ser informado a tribunales.

De lo contrario, deberá solicitar a tribunales “oficios” a distintas instituciones públicas. Esto no es otra cosa que averiguar si en sus registros consta alguna información relativa al actual domicilio del demandado. Las principales en Santiago son:

- Servicio de Impuestos Internos = Teatinos #120.
- Registro Civil = Catedral #1762.
- PDI = Eleuterio Ramírez #852.
- Servicio Electoral = Santo Domingo #566.

Esperando haberle sido de utilidad, quedo atento a sus comentarios y aprovecho la ocasión para saludarla atentamente,

PMQ

Globe Consulting Abogado en Las Condes

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Estimada, si usted vive con el/los hijos, y no se ha regulado anteriormente el cuidado personal. Por ley usted tiene el cuidado personal. En su defecto, para ubicar un demandado es necesario solicitar oficios a diversas instituciones. Finalmente si no se logra ubicar su paradero se puede solicitar notificación por avisos. Cualquier cosa no dude en contactarnos. Saludos

Ibarra & Vallés Abogados Abogado en Santiago Centro

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Estimada María:

Si ud., al momento de la separación, se quedó con el (los) hijo(s), el cuidado personal ya lo tiene. Ahora, si Ud. demandó porque perdió o cedió el cuidado en causa anterior y lo quiere recuperar, puede pedir al Tribunal se oficie a distintas instituciones (registro civil, AFP, Isapre o Fonasa, etc.) a fin que señale domicilio del padre. Finalmente si nada de aquello resulta, nosotros contamos con personas dedicadas a la búsqueda de bienes y personas en toda la V región.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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