Hola, somos herederos (madre y dos hermanos), tenemos la posesión efectiva ok de la casa de los padres.... ¿puede la madre y un hermano ceder ambos la totalidad de los derechos o vender la propiedad al segundo hermano?.
¿No hay impedimentos o que el primer hermano luego pueda reclamar posteriormente?
Gracias
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Pueden ceder sin problemas sus cuotas hereditarias al hermano. Esto es completamente legal.
Se hace por escritura pública, la que luego se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces, del lugar donde esté ubicada la propiedad. Esto si es que efectivamente están todos los títulos OK y la posesión efectiva debidamente inscrita. En caso que no esté todo listo, se regulariza.
Encantado de atenderlos en nuestras oficinas y orientarlos de manera más completa respecto de estas materias. No dude en contactarnos por interno y coordinamos una cita.
Estimado Pablo, los herederos puede ceder a culquier heredero sus derechos a un tercero, se realiza a traves de escritura publica y se debe inscribir en el conservador de bienes raices que corresponda al domicilio del inmueble.
Podemos agendar una reuniòn para revisar tu caso con mas detalle y orientarte.
Contactanos con nosotros.