¿me puede exigir que le deje la casa más la pensión de alimentos?
Hola tengo un depto que adquirí con subsidio ds19 hace 2 años, con mi pareja tenemos 1 hijo.
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En principio, el pago de alimentos es en dinero y, si bien la ley permite otorgar usufructo como alimentos, ello solo se da si las partes lo acuerdan o en caso de incumplimiento. Lo anterior es sin perjuicio que se solicite declarar el inmueble como bien familiar, pero es una figura distinta aparte de los alimentos.
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Estimado. Junto con saludarle, le informamos que, en efecto, se le solicitar la entrega del inmueble en calidad de bien familiar y además una pensión de alimentos, en caso que con su pareja mantengan vigente un régimen matrimonial. En caso que no tengan un vínculo matrimonial, esta no puede solicitar que se declare el inmueble como bien familiar y además la pensión de alimentos. ver: https://dcwabogados.cl/bien-familiar-chile
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