¿Porcentaje de pensión alimenticia?
Quisiera sabe que porcentaje de mi sueldo tendré que pagar a mi mujer de la que me voy a divorciar. Tenemos tres hijos (de 4,6 y 9 años) gracias
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el máximo con tres hijos es de 30% de su remuneración, pero siempre depende de la capacidad económica del demando.
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El máximo que permite la ley es el 50% de todos los ingresos de una persona.
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Una vez divorciado, no existe obligación de pagar pensión alimentos a la cónyuge.
Continua la obligación con los hijos. Puede llegar hasta el 50 % del sueldo, pero se puede bajar si hay otros gastos, por ejemplo una enfermedad, otros hijos etc.
Diferente es la situación de la Sociedad Conyugal. SI hay bienes hay que liquidarla. Si hay acurdo, simplemente sere parte. Si no hay acuerdo hay que ir a un juicio de partición.
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