Tribunales electrónicos: la tramitación de causas se moderniza en 13 jurisdicciones

Esta medida tiene una aplicación progresiva e impactará en el modo en que se comunican los usuarios con tribunales.

14 JUL 2016 · Lectura: min.
Imagen: Shutterstock.

La tramitación electrónica de las causas llegó para quedarse en 13 jurisdicciones de nuestro país. Gracias a esta primera etapa de implementación, desde el pasado sábado 18 de junio se terminaron los registros paralelos, las carpetas o expedientes físicos para la tramitación de causas en:

  • Arica.
  • Iquique.
  • Antofagasta.
  • Copiapó.
  • La Serena.
  • Rancagua.
  • Talca.
  • Chillán.
  • Temuco.
  • Valdivia.
  • Puerto Montt.
  • Coyhaique.
  • Punta Arenas.

El Tribunal Pleno de la Corte Suprema, a través de un acta, lo explica así:

"Los jueces, auxiliares de la administración de justicia y funcionarios de cada tribunal estarán obligados a utilizar y a registrar en el sistema informático todas las resoluciones y actuaciones procesales que se verifiquen en el juicio, constituyendo éste la herramienta exclusiva para la tramitación de causas".

Dicha medida aplica a las siguientes instancias:

  • Corte Suprema.
  • Cortes de Apelaciones.
  • Presidentes y Ministros de Corte.
  • Tribunales de juicio oral en lo penal.
  • Juzgados de letras.
  • Juzgados de garantía.
  • Juzgados de familia.
  • Juzgados de letras del trabajo.
  • Juzgados de cobranza laboral y previsional.

En este sentido, el Tribunal Supremo hace hincapié en que queda "terminantemente prohibido compartir los dispositivos de individualización, códigos de acceso y firmas electrónicas" por parte de los ministros, jueces, funcionarios y auxiliares administrativos.

En cuanto a las comunicaciones internas del tribunal, éstas se llevarán a cabo vía correo electrónico, con archivos adjuntos si correspondiese; mientras que las comunicaciones entre usuarios y el tribunal se gestionarán a través de la Oficina Judicial Virtual.

Este último espacio digital fue actualizado el 7 de julio pasado, con el fin de permitir el ingreso de demandas y escritos a la Corte Suprema; la incorporación de querellas "contra quienes resulten responsables"; y, en caso de no conocer el RUT de la contraparte, ahora se puede omitir dicho dato.

Finalmente, en el acta se justifica este cambio en los procedimientos de la siguiente manera:

"Los constantes avances tecnológicos obligan a una permanente actualización de los sistemas informáticos de los tribunales, haciendo necesaria también la modernización de los procesos administrativos internos".

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