Mi pregunta es, con la resolución del tribunal de las visitas provisorias puedo ir a carabineros e ir con ellos a buscar a mi hijo por si el padre no me lo quiere entregar ?
O debo ir a tribunales y demandarlo primero? Por incumplimiento?
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Estimada Natalia,
Junto con saludar cordialmente, primero debe acreditar el hecho asistiendo a carabineros y realizando la denuncia. Luego debe solicitar auxilio de fuerza pública al tribunal acompañando las denuncias respectivas.
Le invito a ponerse en contacto con nuestro estudio jurídico para el éxito de su caso,
Buenas noches. Decretada la relación directa y regular de manera provisorio por el Tribunal, el padre custodio no puede impedir ni entorpecer dicho régimen comunicacional.
En caso de incumplimiento, deje constancia en carabineros, es lo más recomendable, constancia que puede hacer online. Dicha constancia por incumplimiento lo debe acompañar al juzgado de familia que decretó el régimen comunicacional.
La duda que me surge es si el padre de su hijo le ha dado alguna excusa para no hacerle entrega del niño, pues con ocasión del covid 19, algunos tribunales están suspendiendo temporalmente la relación directa y regular y están privilegiando la comunicación por medios tecnológicos.
Cualquier duda que usted tenga, no dide en contactarnos.
Junto con saludar, en caso de que exista un incumplimiento a lo ordenado por el tribunal, lo recomendable es realizar la respectiva denuncia en carabineros y luego informar mediante un escrito acompañando dicha denuncia al tribunal para que oficie a carabineros y pueda hacer valer su derecho de visitas.
Le invitamos a ponerse en contacto con nuestros abogados y con gusto le asesoraremos para el éxito de su caso,