Arriendo sin contrato

Realizada por Víctor el (5 feb 2019) Abogados en línea

Hace un par de años llegue a un departamento (arrende y pague el mes de garantía) el cuál su dueño era de otra ciudad, por diversos motivos que me dio el dueño nunca firmamos contrato de arriendo (a pesar que insistí mucho por firmar), el problema que me ocurre ahora es que avise con 2 meses de anticipación que dejaría el departamento pero la “corredora” que me comento que el dueño no podía firmar ahora me dice que la garantía me la devolvería 30 días después de que deje el departamento, donde a mí me preocupa que después no me la devuelva ya que en pequeños gestos me a demostrado que no es muy derecha, y como no tengo contrato de arriendo creo que si no me la devuelve no podré hacer nada….

Cuando recibí el departamento estaba en pésimas condiciones, sin pintar, sin muebles de cocina, etc. Donde yo pague por la pintura nueva y por muebles de cocina nuevos (que pienso dejar) tengo fotografías del antes y después del departamento, pero quiero saber a que me estoy arriesgando por no contar con contrato de arriendo.

Pd. Tengo todas las transferencias mensuales del arriendo, pero la corredora nunca me a dado ni un recibo ni boleta.

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En primer lugar, nuestra legislación permite que un contrato de arriendo pueda celebrarse de manera consensual, es decir, con el solo acuerdo de voluntades, sin mediar escrituración.

Segundo, respecto del desahucio que usted plantea, la forma en que se realice este va a depender de la modalidad del contrato, específicamente en cuanto a como se determinó la vigencia y duración del mismo, toda vez que de eso dependen los plazos y formalidades.

Por último, en relación al mes de garantía, en caso que no exista regulación contractual consensual, es necesario que recurramos a las reglas generales de la Ley Nro. 18.101.-, la cual dispone de manera expresa que el arrendador deberá reintegrar dicha suma en caso que proceda.

Abogados Álvarez & Rivera Abogado en Viña del Mar

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