Consulta por juicio de partición

Realizada por Mauricio el (2 oct 2022)

Somos una comunidad de cuatro partes y dueñas de un departamento, dos partes tienen debidamente inscrito este departamento en Bienes Raíces.
El problema se produce con las otras dos partes:
La primera tiene un embargo en bienes raíces y no puede vender.
La segunda, sus herederos, no incluyeron el departamento en la posesión efectiva y sigue siendo de una persona fallecida.
Consulta: ¿ Se puede hacer en estas circunstancias una partición?

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