Derecho a herencia
Hola, soy hija única fuera de matrimonio mi padre fallecio hace 3 años, le hizo compraventa de sus bienes a su esposa . Puedo reclamar herencia si los bienes están a nombre de ella.
Saludos.
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La compraventa entre cónyuges es nula de nulidad absoluta no ratificable, esta acción debe ser ejercida en un plazo de 10 años desde la fecha de celebración del contrato. En todo caso me genera las dudas como el Notario y el Conservador inscribió esta ¨aberración¨ salvo que: no estén casados o que dicha escritura no esté inscrita y además no cumpla con las formalifades
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Estimada Rita:
Si Ud. siente que con dicha compraventa se perjudicaron sus derechos hereditarios, y si derechamente se hizo simulando el pago del precio; la única alternativa que tendría sería demandar la simulación del contrato (compraventa por donación) para luego a reclamar lo que le corresponda por herencia.
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