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Es perfectamente viable en caso que se infrinjan las normas contempladas en el contrato de arrendamiento y en el reglamento interno del edificio o condominio. Generalmente se establecen multas a los arrendatarios que infrinjan dichas normas por lo que, en caso de tratarse de un comportamiento reiterado en el tiempo es perfectamente viable.
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3 respuestas
Depende a que le llama mala convivencia, si esta infringe algún reglamento, el contrato u otra norma.
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Debes revisar el contrato de arrendamiento. Si está al día en las rentas tienes que demandar la restitución, pero respetar el plazo de desahucio.
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La pandemia no impide iniciar acciones para desalojar a un arrendatario según lo que señale el contrato, por ejemplo el mal vivir (denuncias por ruidos, etc) para ello debe demandar el término anticipado del contrato previo notificar al arrendatario
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