la esposa puede ser heredera de un bien, de la madre de su esposo?
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Estimado Hernán:
La regla general es que la cónyuge sobreviviente puede heredar la parte que le correspondería al marido en la herencia de la madre de este, siempre y cuando haya fallecido primero la suegra y luego el marido. Esto se debe a que, si el marido fallece primero y luego lo hace la suegra, la figura de la "representación" (es decir, que el hijo del difunto represente al fallecido en la herencia de su madre) solo se aplica a descendientes y ascendientes "consanguíneos" (hijos y padres), pero no se extiende a los de "afinidad" (como los cónyuges).
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