Pago de deudas.

Realizada por Natalia el (15 oct 2019) Multas

Buenas tardes ...Debo a dos entidades bancarias mas de veinte millones de pesos, no pude cumplir con la repactación que tenia con ellas y caí en un juicio en el cual se me demanda a cancelar todo, no tengo bienes, lo poco que tenia lo fui vendiendo para subsistir, hace meses que me encuentro cesante y no veo solución, que puedo hacer, me pueden orientar. Me preocupa mucho esta situación. Gracias.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días, en tu situación te conviene realizar un procedimiento de liquidación de la persona deudora. (llamada quiebra personal), quedas sin deuda y sin antecedentes comerciales.

ASTORGA Y ASOCIADOS Abogado en La Serena

3 respuestas

3 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada Natalia,

Podemos realizar dos vías para proteger su patrimonio de sus acreedores, una mediante la ley de insolvencia (ex ley de quiebras) y otra a través de la defensa ante un eventual embargo de sus bienes mediante tercerías en el juicio ejecutivo. Le invito a una reunión en nuestro estudio jurídico para que podamos analizar con detalle su caso y veamos de que manera podemos ayudarle. Puede enviarnos un mensaje por esta plataforma.

Quedo atento a sus comentarios

Cordiales saludos

Wolfenson Abogados Abogado en Las Condes

337 respuestas

509 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada Natalia:

En su situación, tiene 2 alternativas: 1º Si no tiene bienes, simplemente no pague y, en caso que embarguen bienes en juicio, habría que interponer una tercería en favor del arrendador, propietario, etc. (la contra es que no extingue la deuda, por lo que tendrá que ocultar sus bienes o no adquirir nada, por lo menos durante 5 años). 2º También está la posibilidad de iniciar un procedimiento de liquidación concursal voluntaria ante Tribunales, donde se vende todo lo que tiene y con ello se paga a los acreedores y se extingue la deuda, independiente del monto pagado (la contra es que el procedimiento es largo -porque los liquidadores se demoran demasiado- y no podrá siquiera abrir cuenta corriente bancaria en el intertanto).

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

1108 respuestas

1476 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Multas

Ver más abogados especializados en Multas

Otras consultas sobre Multas

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 1350

abogados

preguntas 4550

preguntas

respuestas 3900

respuestas