prohibición enajenar

Realizada por cata el (27 may 2024)

hola, mi abuela posee un bien inmueble ya con su título de dominio, lo adquirió por sucesión hereditaria y tiene una prohibición de gravar y enajenar de 2 y 5 años respectivamente ¿es porque está casada en sociedad conyugal? ¿hay alguna manera de modificar esto?

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Para poder responderle correctamente, primero necesitamos revisar los títulos (documentos) que tenga su abuela y por los cuales adquirió el inmueble por sucesión hereditaria. En estos documentos se detallará la razón de la prohibición de enajenar y/o gravar. Por ejemplo, cuando se compra una propiedad con crédito hipotecario, generalmente los bancos incluyen una cláusula que prohíbe enajenar sin su permiso.

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Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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Hola Catalina, mi nombre es Alejandra retamal, para poder conocer la naturaleza de la prohibicion y ver si se puede alzar se debe obtener un certificado de hipotecas y gravamenes del Conservador. Mi telefono es +56988942918, podemos tener una reunion por zoom.

Retamal y Cia Abogados Abogado en Providencia

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