¿Puede mi ex pedir compensación si es dueña de propiedad y soc. comercial?

Realizada por adrian tapia el (12 ago 2016) Abogados divorcios

Estamos tramitando la demanda de divorcio que llevan otros y también la demanda de compensación económica. La consulta es: ¿puede mi ex señora solicitar compensación económica si es dueña de una sociedad comercial y es dueña de una propiedad (parcela)=


Ella solicita compensación económica teniendo giro comercial y bienes raíces.

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Estimado Adrián:

Sí puede.

El tema que preguntas está tratado en la Ley N°19947 artículo 61 en adelante.

Respecto a tu pregunta. primero, la ley dice: "haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería".

O sea, en la práctica, si ella se dedicó a cuidar a los hijos en común y/o labores de casa, entiéndase "labores domésticas" (con o sin hijos del matrimonio) y PRODUCTO DE HABERSE DEDICADO A ALGUNAS DE DICHAS LABORES no pudo trabajar de forma dependiente o independiente o lo hizo en menor medida de lo que quería o podía, PROBADOS ESOS SUPUESTOS EN JUICIO, tiene derecho a solicitar compensación económica.

Segundo, el hecho que tu esposa sea dueña de una sociedad comercial y/o dueña de una "parcela" no la priva de tener derecho a solicitar compensación económica dentro de un juicio de divorcio como se explicó, aunque SÍ TENDRÁ INCIDENCIA EN EL MONTO A DETERMINAR según las circunstancias del juicio.

Y por último, la compensación económica puede ser determinada de COMÚN ACUERDO por los cónyuges tanto en su monto y modalidad de pago. De no haber acuerdo, será el JUEZ quien la determine y su forma de pago.

Saludos cordiales,


Iván Inzunza Catalán
Abogado UC

Inzunza y Cía. Abogado en Providencia

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Ella siempre puede demandar de compensación y que le concedan demanda dependerá si ella acredita que no trabajo durante la convivencia conyugal
Usted puede usar la situación que describe para acreditar que si realizó actividades lucrativas y que su situación económica hace que no sufra mayor menoscabo por el divorcio

Villegas Otarola Abogados Abogado en Punta Arenas

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Estimado, efectivamente puede solicitar compensación económica si es dueña de una propiedad y sociedad comercial. El tribunal deberá evaluar las situaciones económicas de ambos para establecer si es procedente o no la compensación económica.

Para abundar el en el tema, por favor contactarnos.

Saludos

Ibarra & Vallés Abogados Abogado en Santiago Centro

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Estimado:
Ella puede pedir lo que quiera. Como
dice el dicho: en pedir no hay engaño. Pero es muy difícil que se la den, y no digo imposible porque a veces los Tribunales nos sorprenden, por eso existen recursos para
impugnar las resoluciones judiciales como el recurso de apelación. Para mas información no dude en contactarnos.

Estudio Jurídico Camhi & Hazbún Abogado en Lo Barnechea

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Estimado,

Junto con saludar muy cordialmente, quisiéramos ver la posibilidad de que se acerque a nuestra oficina para dar una mejor asesoría a su pregunta, o comuníquese directamente con nosotros. Gracias.

Isaac Usedo
Abogado

Isaac Usedo López Abogado en Provincia de Antofagasta

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Estimado Adrián:

Dentro de los criterios que establece la ley para determinar la existencia y monto de la Compensación Económica, es la situación patrimonial de ambos cónyuges, por lo que podría a jugar en contra de su cónyuge, el hecho de tener bienes y derechos en sociedades. Sin embargo, también habría que considerar los bienes que tenga Ud. y el régimen de bienes que tenga con su señora (por ejemplo: si están casado bajo sociedad conyugal, Ud. tiene derecho a la mitad de los bienes de la mujer, salvo que sean bienes adquiridos por la mujer fruto de su propio trabajo).

En síntesis, todas estas circunstancias son eventuales y Ud. debe ser asesorado por abogado necesariamente, para hacerlas valer en juicio.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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