Regularización de pensión de alimentos mal calculada en deuda

Realizada por alejandro tudela iturra el (31 oct 2017) Pensión alimenticia

Por más de 10 años el acuerdo fue el 35 por ciento de mis emonumentos, lo cual fue modificado sin yo estar de acuerdo en un monto fijo. Dentro de esos 10 años estuve 2 años sin empleo y en julio de este año se fijó una cuota mensual por la deuda, aparte de la pensión del 35 por ciento, pero resulta que ahora me entero que continua un monto fijo de pensión, que es mucho más alto de lo que significa el 35 por ciento en los emolumentos reales de sueldo recibido.


Entonces necesito que lo mal calculado en la deuda se recalcule al oficio original de mi retención pensión. Además tengo un cese de pensión en dos hijos.

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Estimado Alejandro,

Entiendo de su consulta que pagaba inicialmente una pensión de alimentos ascendente al 35% de todos sus ingresos, y ésta fue cambiada por una suma fija, me imagino en una nueva demanda. Si esta suma fija es mayor al porcentaje inicial, puede solicitar una rebaja de alimentos previa mediación familiar en ese sentido. Ahora bien, si además tiene un cese respecto de dos de sus hijos, debe hacer valer éstos en la causa original, con el objeto de que se reduzcan los pagos de estos dos hijos respecto de los cuales ya no debe alimentos.

Atte.,

Jadue y Cía

Jadue & Cía. Abogados Abogado en Vallenar

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Estimado, la única forma de ayudarlo es revisar sus causas en el sistema y ver qué ha pasado y qué gestiones se han hecho durante estos últimos 10 años y junto con ello revisar la situación que rige en la actualidad. Según eso, evaluar líneas de acción.

Para ello se necesita a todo evento su clave única. Esta la entrega Registro Civil solamente con exhibir su cédula de identidad. Se debe activar el mismo día en que es entregada.

Puede escribirnos por interno y solicitar una cita para abordar de manera completa el asunto, con todos los antecedentes a la vista y poder entregarle una asesoría integral.

Muy atentos saludos,

Korzenszky Grez Abogados.

Estudio Jurídico Korzenszky Grez & Cía. Abogados Abogado en Vitacura

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Estimado Alejandro:

Para poder darle una mejor respuesta, primero necesitamos ver las actas del acuerdo original y aquél donde también repactó su deuda. Ello es así porque generalmente las sentencias (y los acuerdos) se fijan en una suma determinada y no en un porcentaje.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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