Requisitos para pedir cuidado persona, o medida de proteccion

Realizada por veronica el (17 nov 2017) Violencia Intrafamiliar

Mi hija vive violencia en el hogar y vive con beba, solo hija de ella y ve por todo. ¿Puedo pedir tener su cuidado personal o medida de protección? ¿cuáles son requisitos que ve el juez para tener yo el cuidado personal o medida protección? Mi hija no quiere salir de ahí.


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Verónica siempre que exista maltrato o vulneración de derechos respecto de un niño o niña se puede y se debe solicitar la medida de protección respectiva en el centro de medidas cautelares del tribunales de familia que corresponda, en dicho tribunal se puede determinar incluso que el cuidado provisorio del niño o niña quede a carfgo del adulto que cumpla con las habilidades parentales mínimas como para cuidar al menor y aun mas se puede decretar la prohibición de acercamiento de quien está vulnerando los derechos de los menores, pero en definitiva todo esto se resolverá en un juicio de cuidado personal que deberá demandarse, teniendo como antecedente lo que resuelva el centro de medidas cautelares sobre las medidas de protección ya referidas.

Espero aclarar sus dudas, estos juicios son muy complejos y hasta el momento hemos logrado resultados satisfactorios para nuestros clientes. Si necesita entrevistarse con nosotros solo tiene que llamarnos al fono 229428016 y pedir una hora.

Estudio Jurídico Norambuena Abogados Abogado en Santiago Centro

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Estimada Verónica:

Perfectamente puede denunciar Ud. vulneración de derechos de su nieta, incluso en contra de su hija. En dicha audiencia el juez podrá adoptar medidas de protección e incluso darle provisionalmente el cuidado personal. Si desea asesoría en los pasos a seguir, puede contactarse con nosotros.

Atentos a sus comentarios.

Quinteros y Cía. Abogados Abogado en Valparaíso

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Estimada Verónica, la Ley de Violencia Intrafamiliar permite que cualquier persona denuncie los hechos. Ahora, en cuanto a la afectación de la niña por estos hechos, pudiera encontrarse vulnerada en sus derechos, por ser testigo de actos de violencia, en cuyo, caso el Juez de Familia está obligado a adoptar en su favor una medida de protección. Como medidas cauterales, en ambos procedimientos, tanto de Vif como de medida de protección, puede solicitar el abandono del ofensor del hogar que comparte con su hija y nieta, la prohibición de que éste se acerque a ellas, e incluso el cuidado personal provisorio de su nieta, en el caso que su hija no desee salir de esa situación.

Jadue & Cía. Abogados Abogado en Vallenar

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Hola Juan, por los antecedentes que indicas se podría evaluar la factibilidad de solicitar el cuidado personal y medidas de protección.

Para poder evaluarlo las acciones a seguir te recomendamos contactarnos por interno, de modo de agendar una reunión con los antecedentes que te solicitaremos.

Saludos,
Francisco Valdebinito
LFC Abogados

Estudio Jurídico LFC Abogados Abogado en Las Condes

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