Mi esposo tiene un hijo de 20 años el cual ya tiene un hijo y con la duda si sigue estudiando. Bueno, a él se le ha depositado siempre en la cuenta RUT del Banco Estado. Con la mamá ahora fueron a firmar una orden de arresto por no pagos y por IPC. Bueno, mi esposo no debe ningún mes, le da más de lo que estaba estipulado.
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El problema puede estar en que le deposita al hijo su una cuenta Rut, y no en la cuenta de ahorro a la vista que se habré para estos efectos, y es en esa y solo en dicha cuenta donde deben depositarse los alimentos mes a mes.
Si ese ha sido el error, ellos al solicitar liquidación de deuda, en el sistema parece que jamás a pagado la pensión de alimentos.
De ser este el caso, y para solucionar el asunto, habría que demostrar al Tribunal que si han existido los pagos mes a mes y solicitar se imputen a la cuenta correcta.
Si lo desea nos contacta y agendamos una hora para asesorarla en estas materias y entregarle un plan de acción detallado a seguir y en específico para su caso, para que no se los castigue por una deuda que en los hechos no es real.
Muy atentos saludos.
Antonio Korzenszky Grez.
Korzenszky Grez & Cía. Abogados
Efectivamente, como dice el colega, hagan una presentación en el mismo procedimiento de cumplimiento, pidiendo que se imputen los pagos realizados en cuenta diversa, a la correspondiente del BancoEstado. Acompañen cartolas, recibos u otras pruebas, a fin de que el tribunal pueda apreciar y resolver.
Hola Margarita, aca el problema esta en la forma en que su esposo pago la pensión de alimentos.
Cuando se fijan los montos de una pensión de alimentos, se define una cuenta donde se deben realizar los depositos y la fecha, su marido la hizo en otra cuenta, por lo que el tribunal al auditar la cuenta designada para la pensión de alimentos la encontró en cero, y eso significa que él nunca ha pagado una pensión de alimentos.
Ahora bien, lo qe se debe hacer es solicitar al tribunal que impute los depositos realizados a la cuenta rut como el pago de pensión de alimentos.