¿Qué pasa con la propiedad al divorciarse de mutuo acuerdo?
¿Qué sucede con la propiedad al divorciarse de mutuo acuerdo, en régimen de sociedad conyugal, si tengo una tercera persona con la cual complementé renta cuando adquirí la propiedad?
¿Qué sucede con la propiedad al divorciarse de mutuo acuerdo, en régimen de sociedad conyugal, si tengo una tercera persona con la cual complementé renta cuando adquirí la propiedad?
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Estimado Guillermo:
Una vez terminado el matrimonio por Divorcio, se forma una comunidad con los bienes conyugales el cual, si se opta por liquidar, existen normas especiales para determinar los montos a distribuir entre ambos cónyuges (acervo líquido partible), donde entraría a jugar la deuda que tiene con su socio. Por lo tanto, si desea liquidar la comunidad, tanto voluntaria como forzosamente, puede contactarse con nosotros.
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Estimado,
Junto con saludar, una vez que ocurra el divorcio, se tendrá que liquidar la sociedad conyugal, tal cual se realiza en sociedad comerciales. Deberá hacerse un calculo de los haberse y gananciales, de dicho resultado deberá entregar lo aportado por esta tercera persona si es que pose un título donde conste el abono realizado. En todo caso existen operaciones jurídicas por realizar. Si gusta acérquese a nuestras oficinas donde lo asesoramos de mejor forma.
Saludos cordiales
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