¿En qué consiste el proyecto de Ley de Delitos Informáticos?

Cifras entregadas por la Policía de Investigaciones (PDI) indican que los delitos informáticos han aumentado 74 por ciento. ¿Qué se hará al respecto? Te lo contamos a continuación.

20 MAR 2019 · Lectura: min.
¿En qué consiste el proyecto de Ley de Delitos Informáticos?

A mediados de marzo, el Senado aprobó la idea de legislar el proyecto de Ley de delitos informáticos presentado por el Presidente Piñera a fines de 2018.

La iniciativa tiene como objetivo establecer un marco regulatorio contra el cibercrimen, estableciendo sanciones o tipificando delitos que no son recogidos por nuestra actual legislación. Y es que  la normativa vigente data del año 1993, porque lo que era necesaria una actualización considerando los avances informáticos y tecnológicos.  

En proyecto incluye, por ejemplo, sanciones para quienes maliciosamente alteren el correcto funcionamiento de un sistema informático; también establece sanciones para quienes accedan de forma ilícita a un sistema, lo que se conoce como hackeo; para quienes incurran en falsificación informática o fraude informático; y para quienes abusen de dispositivos que perturben la integridad de datos informáticos.

Al respecto, el Presidente señaló que “estamos muy contentos de poder avanzar simultáneamente hacia incorporar en plenitud la nueva revolución tecnológica y la sociedad del conocimiento y la información, y al mismo tiempo hacerlo sin ingenuidad, con prudencia, con responsabilidad, garantizando que esta revolución tecnológica va a estar al servicio de la calidad de vida de los chilenos”.

Delitos y sanciones

El proyecto incorpora una serie de delitos y sus respectivas sanciones, algunos de las cuales son:

  • Acceso ilícito: El que indebidamente acceda a un sistema informático será castigado con presidio menor en su grado mínimo o multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
  • Interceptación ilícita: El que indebida y maliciosamente intercepte o interfiera la transmisión no pública de información entre los sistemas informáticos, será castigado con presidio menor en su grado mínimo a medio.
  • Falsificación informática: El que maliciosamente introduzca, altere, borre, deteriore, dañe, destruya o suprima datos informáticos con la intención de que sean tomados o utilizados a efectos legales como auténticos, será sancionado con las penas previstas en el artículo 197 del Código Penal, es decir, penas de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de once a quince unidades tributarias mensuales.

También se incorpora sanciones para la eliminación, alteración o destrucción de datos informáticos; y el uso de dispositivos, programas computacionales, contraseñas, códigos de seguridad o de acceso u otros datos similares, creados o adaptados con el objetivo de perpetrar delitos señalados.

Pese a los significativos avances del proyecto, la iniciativa no ha estado exenta de críticas, entre ellas la realizada por la Corte Suprema, quien aseguró que el proyecto aún tiene lagunas legales, puesto que no incorpora a empresas que tienen acceso a información -que podría ser útil en investigaciones panales- pero que no son del área de las telecomunicaciones.

Cifras de la actualidad

Durante la discusión del proyecto en el Senado, los parlamentarios entregaron cifras respecto al aumento de este tipo de delitos en Chile. Por ejemplo, el senador Felipe Harboe indicó que los ciberataques se han multiplicado en un 125 por ciento, lo que ha generado  importantes pérdidas económicas.

En la misma línea,  el senador Francisco Huenchumilla informó que las cifras entregadas por la Policía de Investigaciones (PDI)  indican que los delitos informáticos han aumentado 74 por ciento.

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