Los 16 delitos sexuales contra menores que se declararán imprescriptibles

La normativa no diferenciará entre crímenes, como violación con homicidio, y delitos simples, como pornografía infantil.

7 JUN 2018 · Lectura: min.
Los 16 delitos sexuales contra menores que se declararán imprescriptibles

El Presidente Sebastián Piñera presentó una indicación sustitutiva que establece la imprescriptibilidad total de los delitos sexuales que se cometen contra menores, una noticia que se da en medio de los recientes casos de maltrato que han conmovido al país.

El objetivo del proyecto es que no importe la cantidad de años que hayan pasado desde que se cometió el delito hasta que la víctima realice la denuncia.

Esto debido a que -en promedio- las personas se demoran entre 20 y 25 años en atreverse a iniciar una acción judicial contra el victimario, ya sea por miedo, vergüenza, querer olvidar el incidente, entre otras razones.

Con esta nueva indicación se pondría fin a la antigua legislación que señalaba que los delitos sexuales prescribían 10 años después de que la víctima cumpliera la mayoría de edad. Es decir, a los 18 años.

Si bien la iniciativa del Presidente Piñera había sido anunciada como una de sus prioridades, la noticia sorprendió pues el proyecto inicial ampliaba la imprescriptibilidad a 30 años. Sin embargo, la autoridad decidió que fuera total, asegurando que no se podía seguir tolerando los abusos sexuales.

Es por eso que esta normativa no diferenciará entre crímenes, como violación con homicidio, y delitos simples, como pornografía infantil. Todos serán imprescriptibles.

Los 16 delitos imprescriptibles

  1. Producción pornografía infantil.
  2. Secuestro con violación.
  3. Sustracción de menores con violación.
  4. Violación propia.
  5. Violación impropia.
  6. Estupro.
  7. Abuso sexual agravado.
  8. Abuso sexual impropio.
  9. Promoción o facilitación de la prostitución de menores de edad agravada.
  10. Violación con homicidio.
  11. Robo con violación.
  12. Abuso sexual propio.
  13. Corrupción de menores.
  14. Promoción o facilitación de la prostitución de menores de edad.
  15. Obtención de servicios sexuales de menores de edad.
  16. Comercialización y almacenamiento de material pornográfico infantil.

Las polémicas de la iniciativa

El proyecto no ha estado exento de polémicas, pues el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, aseguró que "la determinación de la imprescriptibilidad de estos delitos parece desproporcionada, pudiendo incluso adquirir cierto ribete de inconstitucionalidad al atentar de un modo arbitrario en contra de la garantía de ser juzgado y castigado dentro de un plazo razonable".

Además aseguró el gran problema que enfrentan los jueces en estos casos es que "los delitos sexuales, en general, y los abusos en particular, implican importantes problemas probatorios que reformas como la propuesta solo agravarían".

Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, señaló que "es peor la señal de dejar la impunidad, que el riesgo de tener que buscar medios probatorios que aseguren que la denuncia que se hace sea efectiva y no causarle un daño a un inocente".

El proyecto actualmente está siendo discutido en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, cuyos miembros han señalado que esperan poder avanzar rápidamente para que la iniciativa avance en sus trámites legislativos y se pueda transformar en una ley.

No obstante, los parlamentarios y las autoridades de Gobierno analizan punto a punto la normativa para impedir que después de su aprobación pueda ser declarada inconstitucional, caso en el que tendría que pronunciarse el Tribunal Constitucional.

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