Restricción permanente para vehículos catalíticos: Conoce la nueva normativa y las multas asociadas

El miércoles 2 de mayo comenzó a regir la nueva norma que incorpora a vehículos con sellos verde. Toda la información en el siguiente artículo.

3 MAY 2018 · Lectura: min.
Restricción permanente para vehículos catalíticos: Conoce la nueva normativa y las multas asociadas

Este miércoles 2 de mayo comenzó al Restricción Vehicular permanente del año 2018 para vehículos con convertidor catalítico, normativa que anualmente se implementa para disminuir los índices de contaminación atmosférica.

Quienes no respeten esta restricción se arriesgan a multas que alcanzan los 70 mil pesos, así que infórmese de los detalles de esta norma.

¿Catalíticos o no catalíticos? La restricción rige para todos los automóviles no catalíticos y catalíticos que fueron inscritos antes de septiembre de 2011, por lo que serán más de un millón los vehículos que tendrán restricción.

Es decir, "las patentes que tengan cuatro dígitos y dos letras están afectas todas a restricción vehicular y hay patentes que tienen dos números y ahí hay que hacer las diferencias", explicó el seremi de Transportes, Eddy Roldán.

¿Qué dígitos tienen restricción? Para los vehículos catalíticos inscritos antes de septiembre de 2011 regirá un dígito por día, mientras que para los no catalíticos regirán cuatro por día. Por ejemplo, este miércoles no podían circular los vehículos catalíticos cuyas patentes terminen en 0, mientras que en el caso de los no catalíticos no podían transitar los terminados en 8-9-0-1.

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Sin embargo, en los días de preemergencia y emergencia ambiental estos dígitos aumentarán, por lo que hay que estar atentos a la información que entregue la Intendencia Metropolitana y la Subsecretaria de Transporte.

¿La restricción de catalíticos rige para toda la Región Metropolitana? No, rige dentro del anillo de Américo Vespucio. En el caso de los no catalíticos, rige fuera de la circunvalación Américo Vespucio e incluye a las comunas de la provincia de Santiago más Puente Alto y San Bernardo.

¿En qué horarios regirá? La restricción regirá desde las 07:00 horas hasta las 21:00 horas.

¿Qué pasa si no respeto la restricción? Quienes por cualquier motivo incumplan la restricción vehicular un día, se exponen a una multa económica que irá entre una y 1,5 UTM, es decir, entre los 46.692 y los 70.038 pesos.

¿El fin de semana también habrá restricción? No, la restricción rige de lunes a viernes aunque las medidas podrán cambiar en los días de preemergencia y emergencia ambiental.

¿Qué vehículos quedan exentos de esta normativa? Los vehículos de seguridad y emergencia (Carabineros, Bomberos, PDI, Ambulancias y Seguridad Ciudadana); los que transportan a personas con discapacidad y que cuenten con la acreditación del Registro Nacional de la Discapacidad (RND); vehículos relacionas con la salud; vehículos que provengan de regiones, vehículos con tecnologías limpias (que cumplan con el D.S. N° 55/98) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; vehículos utilizados para el transporte de personas como taxis y transporte escolar; coches mortuorios; vVehículos pertenecientes a canales de televisión, entre otros que estén con la autorización del Ministerio de Transporte.

Cabe mencionar que durante las primeras horas de aplicación de esta normativa, Carabineros cursó 105 infracciones a automovilistas que circularon sin respetar que les correspondía restricción.

La fiscalización estará a cargo de Carabineros y el Ministerio de Transporte, instituciones que diariamente velarán por el cumplimiento de esta normativa. Si necesita mayor información puede revisar la página ministerial.

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