¿Cómo abrir una empresa?

Si usted está pensando en comenzar su propia empresa o PYME (Pequeña y Mediana Empresa), acá en Bufetes.cl le contamos cómo puede hacerlo.

17 MAY 2017 · Lectura: min.
¿Cómo abrir una empresa?

En Chile, para el año 2016 existían más de un millón de empresas, las cuales proporcionaban casi nueve millones de empleos, según los datos del Servicio de Impuestos Internos (SII), cifra que demuestra la importante contribución que hacen al país, ya sea aportando al crecimiento económico o disminuyendo la tasa de desempleo.

Si estás pensando en comenzar su propia empresa o PYME (Pequeña y Mediana Empresa), acá en Bufetes.cl te contamos cómo puedes hacerlo.

Si bien existen diferentes opciones, trámites y permisos a la hora de crear una empresa -los que varían según el tipo de emprendimiento-, en todos los casos hay que "definir la organización legal del negocio, las obligaciones tributarias y obtener el permiso de funcionamiento municipal", según explica la página gubernamental Chile Atiende.

Por eso, como primera etapa se debe definir qué tipo de empresa se constituirá y las alternativas son:

  • Persona natural: Es cuando uno asume los derechos y obligaciones de la empresa, incluyendo las deudas que ésta pueda adquirir.
  • Microempresa familiar: Permite que la actividad se realice desde el mismo domicilio, siempre y cuando éste no sea peligroso, contaminante, ilegítimo o molesto para los vecinos. En estos casos, no puede haber más de cinco trabajadores que sean ajenos a la familia; el activo productivo o capital inicial efectiva no puede superar las 1.000 UF, es decir, los 25 millones de pesos; y el patrimonio corresponderá al de personal natural.
  • Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L): Esta opción es utilizada por empresarios o emprendedores que quieren tomar las decisiones individualmente. Pueden ser constituidas por personas naturales y no jurídicas. Al respecto, el SII explica que "son personas jurídicas, con patrimonio propio, distinto al del titular, siempre de carácter comercial y están sometidas a las normas del Código de Comercio cualquiera que sea su objeto; pudiendo realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la ley a las sociedades anónimas (Art. 2° Ley N° 19.857)".
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada: Está conformada por varias personas naturales o jurídicas, la cuales responden de forma limitada por capital que aporten. Puede tener un mínimo de dos socios y un máximo de 50, los cuales tomarán las decisiones en conjunto.
  • Sociedades por Acciones (SpA): Esta opción es recomendada para emprendedores que buscan inversionistas, cada uno de los cuales tendrá su participación representada en acciones.
  • Sociedad en Comandita: Tiene socios comanditarios, que sólo aportan el capital, y socios gestores, que administran y responden ilimitadamente.
  • Sociedad Colectiva Comercial: Tiene que tener un mínimo de dos socios, los cuales tienen responsabilidades ilimitadas y responden con su patrimonio personal. Si se quiere integrar o sacar a un socio, todos quienes conformen la sociedad deberán estar de acuerdo.

Cualquiera sea la empresa, se debe cumplir con un régimen general de tributación, sin embargo, los pequeños contribuyentes se pueden acoger al Régimen Simplificado de Impuesto a la Renta, pagando anualmente un impuesto único.

También está el pago del Impuesto del Valor Agregado (IVA) por el cual se deben emitir facturas, boletas y otros, junto con llevar un Libro de Compras y Ventas.

Otro de los trámites obligatorios es el inicio de actividades que se realiza ante el SII para así obtener el RUT de la empresa en el mismo organismo. Para esto se cuenta con un plazo máximo de dos meses. Por ejemplo, si su inicio de actividades comenzó en marzo, tendría hasta mayo para dar aviso al SII.

En el SII también debe realizar el timbraje de documentación que le permite legalizar y respaldar las operaciones comerciales que usted realice.

Por último está la autorización municipal, que es el permiso definitivo de funcionamiento que "adopta el nombre de patente comercial o industrial, según sea el giro gravado", explica el SII.

Este trámite se realiza en el departamento de patentes de la municipalidad que le corresponda y sólo necesita su cédula de identidad y el RUT de la empresa.

Si usted tiene alguna otra consulta o dudas sobre algunos de estos procesos, puede contactar a nuestros abogados expertos, quienes lo asesorarán según el tipo de empresa que usted quiera abrir, recomendándole las opciones que más se ajusten a su necesidad.

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